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En vigor la nueva normativa europea para facilitar los procedimientos de insolvencia transfronterizos
Se trata del nuevo Reglamento sobre procedimientos de insolvencia. Obliga a modificar la regulación concursal española con la trasposición.
Han entrado en vigor, en toda la Unión Europea, las nuevas normas sobre los procedimientos de insolvencia transfronterizos, propuestas por la Comisión en 2012 y adoptadas por los legisladores de la UE en 2015, concentradas en el Reglamento 2015/848 sobre procedimientos de insolvencia. A este se sumará la Directiva sobre insolvencia de las empresas propuesta en 2016 y que continúa en trámite. Estos dos instrumentos jurídicos —el nuevo Reglamento de insolvencia y la Directiva propuesta— crearán un marco coherente de apoyo al crecimiento y a las empresas.
Las nuevas normas aspiran a facilitar la recuperación de las deudas en los procedimientos de insolvencia transfronterizos. Facilitarán a las empresas la reestructuración y a los acreedores la recuperación de su dinero, garantizando unos procedimientos colectivos efectivos y eficientes para el cobro transfronterizo de deudas. El Reglamento se centra en resolver los conflictos de jurisdicción y legislación en los procedimientos de insolvencia transfronterizos. Asimismo, garantiza el reconocimiento de las sentencias relacionadas con la insolvencia en toda la UE.
Frans Timmermans, vicepresidente primero de la Comisión Europea, ha declarado en una nota que "en un verdadero mercado interior las empresas que se hayan de reestructurar no deben verse obstaculizadas por conflictos sobre qué legislación nacional se aplica, ni las fronteras nacionales deben ser un obstáculo para que los acreedores recuperen lo que se les adeuda". Por ello, destaca que "al mejorar la seguridad jurídica, estas nuevas normas beneficiarán a las empresas y la inversión. Ahora centran sus esfuerzos en asegurar "que las empresas se reestructuran en una fase temprana, como ya ha propuesto la Comisión".
Por su parte, Věra Jourová, comisaria de la UE responsable de Justicia, Consumidores e Igualdad de Género, considera que "El nuevo Reglamento sobre insolvencia facilitará los procedimientos de insolvencia transfronterizos dentro de la UE e impedirá el turismo concursal".
Las nuevas normas establecen un ámbito de aplicación más amplio, es decir, se aplican a un conjunto más amplio de procedimientos nacionales de reestructuración. Algunos procedimientos de reestructuración nacionales modernos y eficientes no estaban regulados por el antiguo conjunto de normas, y en consecuencia no podían utilizarse en casos transfronterizos. Ahora será posible utilizar los modernos procedimientos de reestructuración nacionales para rescatar empresas o recuperar dinero de deudores de otros países de la UE.
Tiene lugar una mayor seguridad jurídica y el aumento de salvaguardias contra el turismo concursal, por lo que si un deudor se traslada poco antes de tramitar el procedimiento de insolvencia, el tribunal tendrá que analizar minuciosamente todas las circunstancias del caso para comprobar si el traslado es genuino o se trata con él de aprovechar unas normas concursales menos severas.
Aumentan las oportunidades de rescatar a las empresas, ya que las nuevas normas evitan los «procedimientos secundarios» (procedimientos iniciados por los tribunales en un país de la UE que no sea aquel en el que tenga su domicilio social la empresa). Esto hará más fácil la reestructuración de las empresas en un contexto transfronterizo. Al mismo tiempo, las normas proporcionan también salvaguardias que protegen los intereses de los acreedores locales.
Otra de las novedades son los procedimientos de insolvencia de grupo. Las nuevas normas introducen un marco para los procedimientos de insolvencia de grupo, que aumentará la eficiencia de los procedimientos de insolvencia en los que estén implicados diferentes miembros de un grupo de empresas. Además, aumentarán las probabilidades de rescatar al grupo en su conjunto.
Por último, está previsto que para el verano de 2019, estarán interconectados en toda la UE los registros nacionales de insolvencia electrónicos. De este modo será más fácil obtener información sobre los procedimientos de insolvencia en otros países de la UE.
FUENTE: CINCODÍAS
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