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¿La bonificación fiscal de IS para las empresas de nueva creación está vedada a los emprendedores ya en activo?

El consultante es una persona física que desarrolla la actividad profesional como técnico de sonido (IAE P226).

El consultante va a constituir una sociedad limitada en la que tendrá una cuota de participación del 50%. El otro 50% de la empresa lo constituirá un socio en la misma situación.

La actividad principal de la empresa será la de edición de soportes grabados de sonido, de vídeo y de informática (epígrafe 355.2).

Si es posible aplicar el tipo reducido del 15 por ciento del Impuesto sobre Sociedades

Afirma la Dirección General de Tributos que la nueva sociedad puede aplicarse el tipo reducido del 15 por ciento del Impuesto sobre Sociedades puesto que considera que cumple los requisitos establecidos en el apartado 1 del artículo 29 de la LIS, para aplicarse dicha bonificación.

Aunque exista una excepción en el artículo 29.1 de la LIS que limita la aplicación del tipo reducido en caso de haber sido desarrollada la actividad social con carácter previo por una persona física que ostente una participación, directa o indirecta, en el capital o en los fondos propios de la entidad de nueva creación superior al 50 por ciento, no puede considerarse en este caso que la actividad que va a desarrollar la entidad constituida, edición de soportes grabados de sonido, de vídeo y de informática (epígrafe 355.2), haya sido realizada con carácter previo por los socios de la misma, (que realizan la actividad de técnico de sonido (IAE P226), por lo tanto, concluye la DGT, la sociedad podrá aplicar el tipo de gravamen del 15 por ciento en el primer período impositivo en que la base imponible resulte positiva y en el siguiente.

Constituir una nueva empresa, dentro del mismo ramo de actividad cuando ya se ha desarrollado previamente una actividad profesional relacionada con ella no tiene porqué impedir el derecho a acogerse a la bonificación fiscal prevista en IS para los emprendedores.

FUENTE: DISJUREX

 

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