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Blindaje a las pymes: podrán cobrar antes los contratos
Las empresas que trabajen para las Administraciones no podrán pagar tarde a sus proveedores. Para vigilarlas se les obligará a depositar cada factura en un registro electrónico.
La aprobación en el Congreso de los Diputados de la Ley de Contratos del Sector Público supone un enorme balón de oxígeno para los miles de pymes que proveen bienes o servicios a las empresas que trabajan para las Administraciones Públicas, ya que los blinda frente a la morosidad que sufren, sobre todo por parte de las grandes constructoras. La norma permitirá incluso que las Administraciones Públicas paguen directamente las facturas de los subcontratistas, detrayéndoles el importe correspondiente a los contratistas, siempre que así lo prevean los pliegos de contratación.
La nueva ley tendrá un gran impacto en el tejido empresarial español, ya que la contratación pública es un mercado con un volumen de alrededor de 200.000 millones de euros anuales, equivalente a nada menos que el 20% del PIB. De esa cantidad, un 60% se abona tarde: 120.000 millones.
Actualmente, las constructoras que resultan adjudicatarias de obras públicas suelen incumplir el plazo de pago legal a los subcontratistas, que asciende a 60 días. El periodo medio de abono de los grandes grupos dedicados a las infraestructuras es de 288 días, según la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad.
La nueva norma taponará esa demora, después de que PSOE, Podemos, Ciudadanos, PNV, ERC y PDeCAT se unieran contra el texto redactado inicialmente por el PP, que daba barra libre de morosidad a los gigantes de la construcción, ya que les permitía pactar -en la práctica, imponer- el plazo de pago con sus subcontratistas.
El texto final elimina esa posibilidad de pactar entre las partes plazos de pago diferentes a los legales. Además, imposibilita que las Administraciones certifiquen las obras en más 30 días, sin excepciones. Se trata de un logro de la oposición parlamentaria, que ha tumbado la posibilidad de ampliar sine die el tiempo de certificación de las Administraciones Públicas, que era uno de los puntos más polémicos del proyecto de ley que elaboró el Ministerio de Hacienda.
Esta vigilancia sobre el sector público coadyuvará al cumplimiento de la Ley de Morosidad en toda la cadena de la contratación pública, ya que podrá evitar el efecto dominó mediante el cual las compañías que sufren retrasos en los cobros se demoran a su vez en los pagos.
Otra de las grandes conquistas de los proveedores es que la nueva ley establece como punto de inicio del cómputo de los plazos de pago la fecha de entrega del bien o prestación del servicio. Esto es algo que ya estaba así en la Ley de Morosidad, pero no se cumplía en la construcción, ya que las Administraciones ponían el contador a cero cuando certificaban las obras, al menos un mes después de que empezaran.
El texto que el Congreso ha enviado al Senado para su visto bueno introduce el sistema de factura electrónica y registro electrónico único para el conjunto de la cadena de contratación pública, lo que permitirá acreditar la fecha en la que se presentan las facturas por el subcontratista al contratista de forma inequívoca y sin interpretación posible.
"Con los cambios, hemos conseguido minimizar los trucos con los que los contratistas han venido trabajando y que perjudicaban a los proveedores, sobre todo a pymes y autónomos", asegura Antoni Cañete, presidente de la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad.
"Esta Ley de contratos, que traspone dos directivas, es trascendental para hacer crecer nuestra economía. No en vano, una de esas directivas comunitarias apunta que la contratación pública es un gran dinamizador del PIB", arguye Cañete, quien recuerda que una de cada cuatro empresas que cierran lo hace por la morosidad que sufre.
Además, se crea un organismo independiente para la supervisión y regulación de la contratación pública, tal como avanzó este diario el pasado miércoles. Ese sheriff vigilará que los contratos se realicen conforme a unos mínimos de rentabilidad y transparencia.
FUENTE: EXPANSIÓN
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