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¿Qué seguros deben contratar obligatoriamente las pymes?

Las pymes de nuestro país han de contratar una serie de seguros de carácter obligatorio. Al respecto, según informan desde la correduría Morera y Vallejo y recoge la agencia EFE, el más general y conocido es el seguro de responsabilidad civil. No obstante, su obligatoriedad no se extiende al total de actividades profesionales.

Este seguro cubre las reclamaciones por vía civil por daños a terceros de los que la empresa sea responsable en el ejercicio de su actividad profesional. Así, la responsabilidad civil es idéntica tanto para empresas como para autónomos.

De igual modo, existen convenios que obligan a las empresas a tener una póliza de seguros de convenio colectivo. Entre ellos destaca el seguro de accidente de convenio, que es obligatorio para aquellas pymes con trabajadores cuya actividad se encuadra dentro del convenio colectivo al que pertenecen, y en el que se establece la obligación de contratar un seguro de vida o accidente.

También existe, aunque es menos conocido, el seguro decenal. Este seguro es necesario solo en el sector de la construcción. En concreto, para aquellos profesionales afectados por el levantamiento de una vivienda o edificio de las mismas. Ha de ser contratado por el promotor y en la práctica también afecta a las autopromociones.

Asimismo, existen otros seguros que, no siendo obligatorios son muy recomendables. Es el caso del seguro multi-riesgo, indicado para negocios con locales u oficinas, dado que cubre los daños que pudieran producirse en un negocio por robo o intento de robo, incendio, daños por agua o explosión.

 

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