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Cárcel por tener contratadas a cinco personas en condiciones precarias
La sala considera probado que el acusado contrató a cinco hombres y los sometió a un régimen de trabajo que suponía realmente en la práctica la privación de sus derechos laborales más elementales. La Audiencia Provincial de Teruel ha condenado a un ciudadano de origen chino a la pena de un año de prisión por un delito contra los derechos de los trabajadores extranjeros. Los magistrados le suspenden además de empleo o cargo público y le imponen una multa de seis meses con cuota diaria de un euro.
Según informa el Poder Judicial en un comunicado, la sala considera probado que el acusado contrató en calidad de albañiles a cinco hombres de origen chino y los sometió a un régimen de trabajo que suponía realmente en la práctica la privación de sus derechos laborales más elementales. En este sentido, los perjudicados realizaban jornadas laborales a tiempo completo siendo sus contratos de tiempo parcial y uno de ellos carecía de contrato de trabajo por encontrarse en situación irregular, según la sentencia con fecha de 5 de abril. El condenado, según los hechos probados, se aprovechó del desconocimiento del idioma y las normas laborales españolas por parte de sus compatriotas de nacionalidad china.
Además, los trabajadores vivían en las dependencias dentro de la obra, donde comían y dormían en unos colchones tirados sobre el suelo en unas condiciones de falta de higiene y salubridad.
Con anterioridad, en marzo de 2016, el acusado había sido sancionado por los mismos hechos en vía administrativa por el Gobierno de Aragón con una multa de 48.576 euros y otra de la subdelegación del Gobierno en Teruel de 10.308,90 euros. Pese a ello, la Audiencia Provincial de Teruel considera que aunque se haya declarado la responsabilidad en la Administración esto no impide la actuación de la jurisdicción penal. Para evitar una sobre punición de los hechos, los magistrados han tenido en consideración las sanciones previas impuestas por la Administración.
FUENTE: EXPANSIÓN
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