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Cepyme y Consejo del Notariado, en contra de la orden que obliga a desvelar la titularidad real de las empresas

Según exponen, «la obligación de inscribir el titular real que impone la orden no tiene razón de ser y pone en riesgo el sistema español de identificación de los titulares reales de las sociedades jurídicas»

La patronal de las pymes, Cepyme, y el Consejo General del Notariado han interpuesto hoy un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional contra algunos aspectos de la orden que establece los nuevos modelos para la presentación de las cuentas anuales en el Registro Mercantil.

Cepyme y el Consejo del Notariado piden la suspensión cautelar de la orden, aprobada en marzo por el Ministerio de Justicia, al entender que su aplicación tendría un «gravísimo impacto» en el derecho a la intimidad de los propietarios de acciones.

Según un comunicado conjunto de las dos entidades, la Orden JUS/319/2018, que se publicó el 27 de marzo en el Boletín Oficial del Estado (BOE), impone a las personas jurídicas obligadas a depositar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil a identificar a las personas físicas que son titulares de acciones o de participaciones societarias.

Cepyme y el Consejo del Notariado consideran que el impacto en el derecho a la intimidad de los poseedores de acciones o de los empresarios que han constituido una pequeña o mediana empresa, y «los gratuitos riesgos a los que se les somete», «aconsejan la suspensión de su eficacia» hasta que la Audiencia Nacional se pronuncie.

En concreto, las dos entidades han solicitado, como medida cautelar, la inmediata suspensión de la orden en lo relativo a la inscripción del titular real en el Registro Mercantil, ya que la mayoría de las sociedades aprobarán sus cuentas antes del 31 de mayo y deberán depositarlas en junio.

Cepyme y el Consejo del Notariado subrayan que, una vez realizado el depósito de las cuentas de acuerdo con la nueva orden, las titularidades reales de los casi 3,5 millones de sociedad mercantiles existentes en España «se encontrarán plenamente accesibles a cualquier persona».

Según estas entidades, «la obligación de inscribir el titular real que impone la orden no tiene razón de ser y pone en riesgo el sistema español de identificación de los titulares reales de las sociedades jurídicas».

En este sentido, recuerdan que «ningún ente público, organización sindical o grupo político ha solicitado la adopción de esta medida», ni siquiera el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones

FUENTE: ABC

 

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