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Me ofrecen un plan de ‘stock options’: ¿cómo tributan?
La retribución variable con acciones como incentivo es cada vez más frecuente.
Cada vez es más común escuchar a algún amigo decir que su empresa le ofrece acciones como parte de su retribución variable. Los planes de stock options son una forma de pago en especie que las grandes compañías suelen aplicar para complementar la parte variable del sueldo que ofrecen a sus trabajadores, especialmente a los directivos.
Esta forma de pago se popularizó en Estados Unidos en la década de los noventa y hoy sigue siendo muy común entre los altos cargos de las multinacionales que cotizan en bolsa. Mediante la entrega de acciones, las compañías lo que hacen es ofrecer a sus trabajadores el derecho a comprar un paquete de acciones de la propia entidad, a un precio fijado con anterioridad, que suele ser inferior al de mercado (y puede llegar, incluso, a ser de cero euros).
Los planes de stock options surgieron para fidelizar e incentivar a los empleados de una forma en la que tanto la empresa como el empleado ganen. El objetivo de esta fórmula de retribución es conseguir que los intereses de los empleados vayan de la mano con el de la compañía -los accionistas y propietarios-. Es decir, la entidad espera que con la entrega de acciones los trabajadores contribuyan a que sus resultados mejoren y su valor en bolsa suba, de forma que las dos partes se vean beneficiadas.
La fiscalidad de las stock options
A efectos fiscales, el plan de stock options tiene dos valoraciones: en el momento en el que ese ejercita el plan -se entiende que el empleado ejecuta las opciones cuando el precio de las acciones es inferior al de mercado en un momento predeterminado- y cuando se venden las participaciones.
Cuando se ejerce el derecho de comprar las acciones, hay que tributar en la base general como rendimientos del trabajo por la diferencia entre el valor de mercado de las acciones y el precio de ejercicio, que es la cantidad que paga el empleado para comprar esas acciones -en algunos casos no paga importe alguno-. Esta cuantía constituye la retribución en especie y, por otro lado, la base para realizar el ingreso a cuenta correspondiente.
Un aspecto fundamental a tener en cuenta es que, cuando se cumplen una serie de requisitos, dicha retribución en especie está sujeta a una exención máxima anual de 12.000 euros:
1. Que la oferta se realice en las mismas condiciones para todos los trabajadores de la empresa o, en su caso, del grupo o subgrupo de sociedades. Con todo, en este requisito hay una excepción, y es que la empresa puede exigir a sus empleados una antigüedad mínima para poder acceder al plan de retribución.
2. Que los trabajadores -conjuntamente con sus cónyuges o familiares hasta el segundo grado- no tengan una participación, directa o indirecta, en la sociedad en la que prestan sus servicios o cualquier otra del grupo superior al 5%.
3. Que las acciones se mantengan al menos 3 años desde que se han ejecutado.
Adicionalmente, existe la posibilidad de obtener un rendimiento reducido, que es el resultado de minorar el rendimiento íntegro en un 30% (con un máximo de 300.000 euros).
Para poder aplicar esta reducción se tienen que cumplir dos supuestos: que los planes no se concedan de forma anual y que se ejerciten transcurridos más de dos años desde su concesión, siempre que su pago no se fraccione. Aquí hay que tener en cuenta otra serie de excepciones y que cuando se el rendimiento abarca los 700.000 y 1.000.000 euros, la reducción se va minorando.
¿Cómo se aplica la reducción del 30%?
Supongamos que un inversor recibió hace tres años un paquete de stock options de su compañía, que le permitía comprar a 20 euros 500 acciones y que ahora que ya puede ejercitar las opciones, la acción cotiza a 100 euros. Vamos a calcular el impacto fiscal de este contribuyente, considerando que cumple todos los requisitos para aplicarse la exención de 12.000 euros y el rendimiento reducido y suponiendo que su tipo marginal asciende al 45%. Así, el rendimiento por el que tendría que tributar el trabajador es:
- Rendimiento total: 500 * (100-20) = 40.000 euros.
- Exención: - 12.000 euros.
- Reducción: 30% * (40.000 – 12.000) = 8.400 euros.
- Impuestos a pagar: (28.000 euros – 8.400 euros) * 45% = 19.600 * 45% = 8.820 euros.
- Ingreso neto de impuestos: 40.000 – 8.820 = 31.180 euros.
¿Por cuánto tiene que tributar?
Por último, y desde el punto de vista de los impuestos, hay que hablar del impacto de la venta de acciones. Cuando el empleado -que previamente ha ejecutado el plan- decide vender sus acciones, puede obtener una ganancia o pérdida patrimonial, que tendrá que declarar en su IRPF. Deberá tributar en la base del ahorro por la diferencia entre la cotización de la acción el día de la venta y la cotización de esta el día de la ejecución de las stock options.
Continuando con el ejemplo anterior, si el inversor vende las acciones a 120 euros, el impacto fiscal sería el siguiente:
- Ganancia patrimonial = 500 * (120-100) = 10.000 euros.
- Impuestos a pagar: 6.000 * 19% + 4.000 * 21% = 1.980 euros.
- Ingreso neto de impuestos: 500 * 120-1.980 = 58.020 euros.
FUENTE: CINCODÍAS
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