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Constitución de Sociedades Limitadas, ahora más sencillo

Una de las modificaciones introducidas por la Ley 11/2018 del pasado 28 de diciembre es un apartado por el que se exime a los socios que constituyan una Sociedad Limitada de tener que justificar el ingreso previo del capital social en la cuenta bancaria de la sociedad en constitución.

Puede parecer una modificación poco significativa, sin embargo tendrá unos efectos efectos prácticos y financieros inmediatos, ya que sin duda agilizara mucho los trámites de constitución de las sociedades limitadas. Este cambio no será aplicable a la constitución de sociedades anónimas.

La condición es que los socios manifiesten en la escritura de constitución que responderán solidariamente frente a la sociedad y frente a los acreedores sociales de la realidad de las aportaciones; es decir, que comprometen a responder de las cantidades que cada uno dice aportar a la sociedad. Esta fórmula será válida únicamente para aportaciones dinerarias y no para otro tipo de aportaciones.

FUENTE: ADADE CENTRAL

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