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Los trabajadores deben recibir las nóminas con la debida claridad y separación de las diferentes percepciones económicas
La correcta diferenciación de conceptos retributivos en la nómina, es obligatorio por parte de la empresa. Según una reciente sentencia del TS (Tribunal Supremo).
La Sala recuerda que “la ley establece que el salario debe documentarse mediante la entrega al trabajador de un recibo individual y justificativo y que este recibo o nómina se debe ajustar al modelo oficial o al que se acuerde en el seno de la empresa. Asimismo, este modelo debe contener con la debida claridad y separación, las diferentes percepciones del trabajador así como las deducciones que legalmente procedan”.
Dicha obligación no se cumple debidamente cuando la nómina no refleja los días en que el trabajador percibe el complemento IT, ni el porcentaje aplicado para su cálculo, ni el número de días prestados con cada tipo de jornada y el salario correspondiente a los mismos.
En el caso concreto de esta demanda, presentada por la representación sindical de la empresa, solicitando que se declare el derecho de los trabajadores a recibir las nóminas con la debida claridad y separación de las diferentes percepciones económicas cuando la empresa abona la mejora de IT y cuando los trabajadores amplían o reducen la jornada. El TS en su sentencia considera “que el modelo de recibo de salarios que se emplea no se ajusta a los requerimientos de separación de conceptos y de claridad” y “que no es de recibo obligar al trabajador a controlar el número de días de trabajo y el de horas trabajadas, así como a realizar unas operaciones matemáticas más o menos complejas para comprobar que la empresa le paga lo correcto”.
FUENTE: ADADE CENTRAL
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