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Avales de garantía para que las pymes obtengan financiación

La fórmula ayuda a las pymes a acceder a financiación para proyectos viables. El acceso a la financiación es uno de los principales hándicaps con los que tienen que lidiar las pymes españolas. Conseguir liquidez para los proyectos no es sencillo. Lograr que una entidad bancaria riegue de crédito nuestro proyecto puede llegar a ser, incluso, una utopía.

Ante este panorama, los avales de las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) son una de las principales vías alternativas con las que puede contar un empresario. Se dirigen a aquellas pymes que necesiten financiación y ofrecen una serie de ventajas muy concretas. La primera y principal,  facilidad a la hora de pedir créditos para proyectos viables. Aunque es sólo el principio. También es posible obtener unas mejores condiciones, en relación a los tipos de interés o al plazo de amortización.

Esto es posible gracias a los acuerdos entre las SGR y CERSA (Compañía Española de Reafianzamiento). Estos avales, por lo tanto, cubren la escasez de solvencia patrimonial de la pyme. Otra de las ventajas de estos avales, según la Compañía Española de Reafianzamiento CERSA, son la flexibilidad y la personalización del servicio, con asesoramiento cualificado y rapidez de respuesta.

Cómo solicitarlos.

Aquellos empresarios o autónomos interesados en solicitar este tipo de aval puede dirigirse a cualquier SGR o bien a alguna entidad colaboradora de ellas, así como a través de la plataforma Con Aval Sí, de manera telemática.

Tipos de avales

Existen dos tipos principales de avales: los financieros y los técnicos. Estos últimos se subdividen en función del uso final que se vaya a dar a las cantidades. puede ser avales ante la Administración o frente a operaciones con terceros, como puede ser, por ejemplo, un proveedor. Los de primer tipo se caracterizan por garantizar la financiación procedente de distintas vías, como entidades de crédito o entidades públicas, entre otras.

Por otro lado, los avales técnicos permiten al empresario garantizar compromisos no dinerarios relacionados con la actividad, mientras que los avales ante la Administración se corresponden con las licitaciones o un cobro anticipado por alguna subvención.

Por último lugar, los avales ante terceros pueden incluir a proveedores, clientes u otros agentes, y garantizan suministros, arrendamientos o exportaciones.

FUENTE: CINCODÍAS

 

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