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Los notarios afirman estar preparados para la creación online de empresas con plenas garantías jurídicas
La directiva fija en el mes de agosto de 2021 la fecha tope para su transposición a las normativas nacionales.
El Consejo General del Notariado asegura estar preparado para la creación online de empresas con plenas garantías jurídicas establecida por la nueva directiva de la Unión Europea sobre la utilización de herramientas y procesos digitales en el ámbito del derecho de sociedades.
La directiva, adoptada en junio por el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE, fija en el mes de agosto de 2021 la fecha tope para su transposición a las normativas nacionales. El presidente del Consejo General del Notariado, José Ángel Martínez Sanchiz, ha explicado que el notariado alemán y el español, que comparten principios comunes, han colaborado con la Comisión Europea en la elaboración de esta directiva, en el seno del Consejo de los Notariados de la Unión Europea.
Asimismo, ha indicado que la nueva directiva, que permite la constitución de sociedades íntegramente de forma telemática, se apoya en la intervención de los notarios para garantizar la seguridad jurídica del proceso; la identificación y verificación de la capacidad jurídica de los empresarios; el asesoramiento imparcial, y la prevención del blanqueo de capitales, la financiación del terrorismo y el fraude fiscal.
Por su parte, el presidente de la Cámara Federal del Notariado alemán, Jens Bormann, ha destacado «el significativo papel que el legislador europeo asigna a los notarios en la directiva, colocándolos en el centro del procedimiento de constitución de sociedades online. El objetivo es que se garantice la creación de empresas de manera legal, para evitar posteriores disputas».
Al mismo tiempo, Bormann ha indicado que la identificación fiable del empresario permitirá establecer quién está detrás de cada empresa y quién la representa, y será de capital importancia para su inscripción en el Registro Mercantil, porque al estar controlada por un notario «se puede confiar plenamente que la información es fidedigna y legal».
Cuando la Directiva se transponga al ordenamiento español, ha explicado Martínez Sanchiz, todo ciudadano que opte por crear una empresa íntegramente online seguirá beneficiándose de las ventajas de la participación del notario en el proceso: seguridad jurídica, control de legalidad, asesoramiento imparcial y prevención de delitos financieros.
También adelantó que el Consejo General del Notariado ya trabaja en el desarrollo de los medios técnicos que permitirán el otorgamiento de la escritura pública de constitución de empresas de forma online.
Este proceso incluirá la identificación mediante DNI electrónico de los socios fundadores ante el notario libremente elegido, acorde al Reglamento EIDAS y la comprobación de la veracidad de la identidad de los socios fundadores por parte del notario mediante los datos contenido en el DNI electrónico y la videoconferencia.
Asimismo, incluye asesoramiento jurídico del notario al futuro empresario en un encuentro digital, donde se acordará el contenido de la escritura pública; la comprobación digital por parte del notario de la aportación de capital de la futura empresa y la firma electrónica de la escritura y envío de copia de la escritura digitalmente certificada al empresario.
A su vez, se contempla el envío online de copia de la escritura pública al Registro Mercantil por parte del notario.
FUENTE: ABC
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