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Protección de datos, hasta 20 millones € de multa a los partidos que recaben opiniones políticas de Internet para su propaganda
El TC (Tribunal Constitucional) establece que los partidos políticos no podrán obtener opiniones políticas de Internet de los ciudadanos para su propaganda electoral ya que éstas son "datos personales sensibles cuya necesidad de protección es superior a la de otros datos personales".
En mayo 2019 el alto tribunal anuló por inconstitucional el artículo de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) que permitía a las formaciones recopilar datos sobre las opiniones políticas de los ciudadanos en el marco de sus actividades electorales. Aquellos partidos que en su estrategia para las próximas elecciones incumplan esta norma podrían que hacer frente a multas de hasta los 20 millones de euros.
Diferentes juristas, en el pasado marzo instaron al Defensor del Pueblo a presentar un recurso al tribunal de garantías, solicitando la anulación del artículo 58 Bis 1 de la LOREG por entender que vulneraba tanto el derecho a la libertad ideológica como a la protección de datos personales, la libertad de expresión y el derecho de participación política, recurso que fue atendido, siendo el origen de la posterior sentencia del TC.
FUENTE: ADADE CENTRAL
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