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Nuevo régimen de clasificación de contratistas
Aprobado un Real Decreto para ampliar el periodo de adaptación al nuevo régimen de clasificación de contratistas
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que tiene como finalidad que las empresas que contratan con las Administraciones Públicas se adapten al nuevo régimen de clasificación de contratistas para lo cual ha ampliado el plazo que finalizaba el 1 de enero de 2020.
En este próximo 1 de enero de 2020, se pretendía dar a las empresas un amplio plazo para que solicitaran su clasificación de acuerdo con la nueva regulación. Pero tras el análisis de los datos a 30 de junio de 2019, estos mostraban que un 53% de los contratistas de obras y un 63% de los contratistas de servicios no habían realizado aún esa solicitud.
Con este panorama, un importante número de empresas no iba a poder acceder a las licitaciones de contratos públicos por falta de clasificación adecuada desde el 1 de enero de 2020. Por esto se ha considerado necesario establecer la ampliación del periodo transitorio fijado inicialmente.
Un importante número de empresas no iba a poder acceder a las licitaciones de contratos públicos por falta de clasificación.
¿Cómo quedan los plazos?
Para evitar un desborde a la hora de presentar las solicitudes y distribuir de una forma más adecuada y escalonada en el tiempo la presentación de las mimas, se prevén dos plazos diferentes de ampliación.
-Para los contratos superiores a 5.000.000 € en el caso de obras y 1.200.000 € en el caso de servicios, el plazo se amplía en un año, hasta el 1 de enero de 2021.
-Mientras que para contratos de cuantía igual o inferior a esas cifras ese plazo será de dos años, hasta el 31 de diciembre 2021.
En definitiva, con esta medida se facilita la tramitación, garantizando al mismo tiempo el buen funcionamiento y la adecuada concurrencia en la contratación de las Administraciones Públicas.
FUENTE: ESPACIO PYMES
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