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Cuota de autónomos 2020: ¿cuánto se paga?

Te explicamos cuánto se paga como autónomo a la Seguridad Social y el coste de la cuota de autónomos a partir del 1 de enero de 2020 tras el Real Decreto  aprobado por el Gobierno en diciembre de 2018 sobre los incrementos de las cotizaciones.

Además analizamos cuánto deben pagar los autónomos societarios así como aquellos autónomos obligados a cotizar por desempleo, incapacidad temporal y cobertura por contingencias relacionadas con accidentes de trabajo y enfermedades profesionales o por jubilación.

¿Te preguntas cuánto te va a cobrar Seguridad Social por ser autónomo en 2020? En este artículo te contamos cuánto vas a pagar al Régimen de Autónomos a partir del 1 de enero de 2020 conforme a lo que dicta el Real Decreto aprobado por el Gobierno en diciembre de 2018 sobre los incrementos de las cotizaciones en los próximos años.

En este artículo sobre la cuota de autónomos te vamos a contar:

    • Qué es la cuota de autónomos
    • Cuota de autónomos en 2020
    • Cuota de autónomos para mayores de 47 años con vistas a la jubilación
    • Evolución de la cuota de autónomos en la última década
    • Cuota para autónomos societarios y autónomos con más de 10 trabajadores en 2020

Qué es la cuota de autónomos

Si estás pensado en ser autónomo o ya lo eres, has de saber que una de las obligaciones que entraña el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) es el pago mensual de la llamada “cuota de autónomos” y que ésta varía cada año.

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Los trabajadores autónomos han de cotizar desde el primer día en que inicien su actividad y la liquidación de la cuota se llevará a cabo generalmente al término de cada mes en las administraciones de la Tesorería General de la Seguridad Social, domiciliando el pago en tu entidad financiera o a través de la web de la Seguridad Social. Hay que destacar que, desde la entrada en vigor de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomos en 2018, tanto en el mes de alta como de baja como autónomo, el pago de la cuota derivada será proporcional, sin tener que hacer frente a la totalidad de la misma.

Pero no olvides que, además de con la Seguridad Social, también tienes ciertas obligaciones con Hacienda que son las derivadas de la fiscalidad del autónomo.

De qué depende la cuantía de la cuota de autónomos

La cuota de autónomos es un porcentaje que se calcula sobre la base de cotización o “sueldo teórico” que, como trabajador, estimas que vas a tener.

Las bases de cotización tienen un mínimo y un máximo que cada año establece el Gobierno mediante los Presupuestos Generales del Estado. En ausencia de los mismos el Gobierno tiene la posibilidad de congelar las bases de cotización o regular nuevos incrementos mediante Real-Decreto, tal y como se estableció en el Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo. Dicho Real Decreto no solo estableció un incremento del 1,25% en la base mínima de cotización de 2019 y la subida progresiva del tipo general de cotización para los años 2019, 2020 y 2021 y la incorporación obligatoria de las contingencias que originan algunas de las prestaciones a la que da derecho la cotización en el RETA y el correspondiente pago mensual de la cuota de autónomo. Veámoslo con mayor detenimiento.

Prestaciones sociales a las que da derecho el pago de la cuota de autónomos

El importe de las bases de cotización condiciona las prestaciones que puede recibir un autónomo en situaciones de cese de actividad, baja por enfermedad, baja por accidente y muy especialmente en caso de jubilación, lo que obliga a planificar la cuota a partir de los 47 años como explicamos más adelante.

Recordemos que el Real Decreto 28/2018,28 de diciembre, implantó un aumento progresivo del tipo general de cotización desde 2019 hasta 2021 para asegurar algunas de las contingencias y coberturas sociales que hasta 2019 eran voluntarias como las contingencias profesionales (accidente de trabajo y enfermedades profesionales), el cese de actividad y la formación continua. Hasta ese momento solo la cotización por contingencias comunes era obligatoria para todos los trabajadores autónomos, salvo que se encontraran en situación de pluriactividad y cotizaran por dicha prestación en otro Régimen.

Cuota de autónomos en 2020

El 1 de enero de 2020 se hizo efectivo el incremento del tipo general de cotización del 30% en 2019 al 30,3% que introdujo el Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre. La base mínima se sitúa en 2020 en 944,35 euros y la cuota de autónomos se incrementa de los 283,30 euros de 2019 a 286,15 euros.

Cuota de autónomos 2020

Pongamos un ejemplo práctico:

El 77% de los autónomos, según el III Estudio Nacional del Autónomo (ENA) del segundo semestre de 2019, opta por cotizar por la base mínima. La cuota mínima que pagar en 2020 es el resultado de aplicar el 30,3% en concepto de tipo general a la base mínima
de 944,40 euros que inicia el año 2020 intacta.

De esta forma, la cuota mínima de autónomos de 2020 es de 286,15 euros.

Como ya hemos indicado, estos 286,15 euros mensuales en concepto de cuota de autónomos cubren al trabajador por cuenta propia en caso de enfermedad común, accidente o enfermedad laboral, cese de actividad y formación.

Veamos qué estás pagando aproximadamente en tu cuota de autónomos por cada uno de los conceptos. La cuenta es bien sencilla. Solo hay que aplicarle a la base mínima de cotización en 2020 el tipo específico de cotización para cada contingencia:

    • Contingencias comunes: 944,40 x 28,30% = 267,26 €
    • Contingencias profesionales (accidente de trabajo y enfermedad profesional): 944,40 x 1,1%= 10,38€
    • Cese de actividad: 944,40 x 0,8%=7,55 €
    • Formación profesional: 944,40 x 0,1%= 0,94 €

Si ponemos el foco en la cuota máxima en 2020, la diferencia es sustancial. Realizamos el mismo cálculo, pero sobre la base máxima de cotización que actualmente está establecida en 4.070,10 euros al mes. El resultado es de 1.233,21 euros al mes de cuota máxima.

Bonificaciones para amortiguar el coste de la cuota de autónomos 2020

Desde 2013 está disponible una bonificación muy importante, la tarifa plana para nuevos autónomos. En 2020, la cuota de autónomos resultante de la bonificación de la tarifa plana es de 60 euros para nuevas altas como autónomos a partir del 1 de enero, una cuota que incluye las contingencias profesionales y comunes, pero deja fuera el cese de actividad y la formación.

Además, existen una serie de bonificaciones en el RETA, aplicables a diferentes colectivos, como los autónomos colaboradores, los autónomos con discapacidad, los jóvenes, los trabajadores de Ceuta y Melilla, los mayores de 65 años o aquellos con cese de actividad por maternidad o paternidad.

Cuota de autónomos en 2020 para mayores de 47 años

(La Seguridad Social aún no actualizado los tipos y bases de cotización para 2020 por lo que se prorrogan las bases de 2019)

La mayoría de los autónomos aumenta su base de cotización al cumplir los 47 años, con el objetivo de cotizar más y, de esta forma, incrementar su pensión.

No obstante, la libertad de elección de base de cotización venía restringiéndose a partir de esta edad y sólo era posible incrementarla de forma gradual conforme a los límites establecidos cada año con el fin de conseguir la pensión máxima.

Tras el Real Decreto sobre la cotización del autónomo en 2019 estos límites se eliminan de manera que los trabajadores autónomos que cuenten con menos de 47 años pueden elegir su base de cotización entre la base mínima de 944,35 euros y la base máxima de 4.070 euros, una libertad de elección que se mantiene para aquellos autónomos con 47 años que en diciembre de 2018 cotizaran por una base igual o superior a 2.052 euros mensuales. En caso de que la base haya sido inferior a esta cifra, la base máxima de cotización sí estará limitada a 2.077,80 euros, con excepción de que antes del 30 de junio de 2019 incrementen su base superando los 2.052 euros.

Los autónomos que a 1 de enero de 2019 tuvieran cumplidos al menos 48 años optan a una base de cotización comprendida entre 1.018,50 y 2.077,80 euros mensuales, salvo que el cónyuge supérstite del titular de la actividad económica que cuente con 45 años o más edad y como consecuencia del fallecimiento del titular, tenga que ponerse al frente del negocio previa alta en el Régimen de autónomos. En este caso las bases de cotización estarán comprendidas entre la mínima general, 944,40 euros y 2.077,80 euros de máxima.

Si el autónomo, antes de cumplir los 50 años, ha cotizado cinco o más años en cualquier otro sistema de la Seguridad Social y su última base ha sido igual o inferior a 2.052 euros, puede elegir para cotizar en el régimen de autónomos entre una base de 944,40 euros y 2.077, 80 euros. En el supuesto de que la última base haya sido superior a los 2.052 euros la base por la que puede cotizar está entre 944,40 euros y la última base incrementada en un 7%, con el tope de 4.070 euros mensuales.

Evolución de la cuota de autónomos en la última década

Todo incremento de la cuota de autónomos supone para el trabajador por cuenta propia rascarse más el bolsillo. Pero ¿ha sido tan meteórica la subida de la cuota de autónomos a lo largo de los últimos diez años? Veamos la evolución de forma detallada. Por supuesto, el aumento de la cuota de autónomos deriva del incremento de la base mínima de cotización y en los últimos dos años de la subida del tipo general.

- Cuota de autónomos en 2010: 250,85 euros (841,80 euros base mínima x 29,80% o 26,5% sin IT)
- Cuota de autónomos en 2011: 253,35 euros (850,20 euros base mínima x 29,80% o 26,5% sin IT)
- Cuota de autónomos en 2012: 253,35 euros (850,20 euros base mínima x 29,80% o 26,5% sin IT)
- Cuota de autónomos en 2013: 255,86 euros (858,60 euros base mínima x 29,80% o 26,5% sin IT)
- Cuota de autónomos en 2014: 260,95 euros (875,70 euros base mínima x 29,80% o 26,5% sin IT)
- Cuota de autónomos en 2015: 263,55 euros (884,40 euros base mínima x 29,80% o 26,5% sin IT)
- Cuota de autónomos en 2016: 266,14 euros (893,10 euros base mínima x 29,80% o 26,5% sin IT)
- Cuota de autónomos en 2017: 274,10 euros (919,80 euros base mínima x 29,80% o 26,5% sin IT)
- Cuota de autónomos en 2018: 277,94 euros (932,70 euros base mínima x 29,80% o 26,5% sin IT)
- Cuota de autónomos en 2019: 283,32 euros (944,40 euros base mínima x 30% obligatorio)
- Cuota de autónomos en 2020: 286,15 euros (944,40 euros base mínima x 30,3% obligatorio)

Es decir, en los últimos diez años, la cuota ha subido 35,35 euros.

Cuota para autónomos societarios en 2020

La base mínima de cotización del autónomo societario o autónomo con más de 10 trabajadores a cargo también ha experimentado incrementos en 2020. Desde el 1 de enero el autónomo societario que cotice por la base mínima hará frente a 1.214,08 euros, lo que supone una cuota mensual de 367,84 euros, 3,61 euros más que en 2019.

Conforme a la ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, aprobada el pasado octubre de 2018, la cotización del autónomo societario se desvincula del Régimen General.

FUENTE: EL ECONOMISTA

 

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