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Publicados el nuevo modelo 05 del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte y modelo 560 Impuesto Especial sobre Electricidad y Orden valores negociados para la declaración del I. Patrimonio
Se publican en el BOE del 27 de febrero de 2021.
El BOE del 27 de febrero de 2021 publica 3 órdenes
en materia fiscal:
- Orden HAC/171/2021,
de 25 de febrero, por la que se aprueba el modelo 05,
"Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.
Solicitud de no sujeción, exención y reducción de la base imponible",
y se determinan el lugar, forma, plazo y el procedimiento para su
presentación.
- Orden HAC/172/2021,
de 25 de febrero, por la que se establecen la estructura y el
funcionamiento del censo de obligados tributarios por el Impuesto Especial
sobre la Electricidad, se aprueba el modelo 560, "Impuesto
Especial sobre la Electricidad. Autoliquidación", y se determinan
la forma y el procedimiento para su presentación.
- Orden HAC/173/2021,
de 25 de febrero, por la que se aprueba la relación de valores
negociados en centros de negociación, con su valor de negociación medio
correspondiente al cuarto trimestre de 2020, a efectos de la declaración
del Impuesto sobre el Patrimonio del año 2020 y de la declaración
informativa anual acerca de valores, seguros y rentas.
Nuevo modelo 05. Orden HAC/171/2021, de 25 de
febrero
Entrada en vigor: 01/03/2021
Esta orden mantiene la estructura y el contenido
del actual modelo 05 equiparando el contenido del apartado dedicado a los datos
técnicos del medio de transporte con el contenido de este mismo apartado del
modelo 576, de autoliquidación del Impuesto Especial sobre Determinados Medios
de Transporte y del modelo 06, de declaración del Impuesto Especial sobre
Determinados Medios de Transporte, exenciones y no sujeciones sin
reconocimiento previo, con el objetivo de hacer homogéneos todos los modelos
correspondientes al Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.
Adicionalmente, esta orden incorpora al modelo 05
el supuesto de exención regulado en el artículo 80.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, para los medios de transporte
matriculados a nombre de universidades en el marco de sus actividades de
investigación, docencia o estudio, creando para ello una nueva clave de
exención, la clave «UNI», incorporando en el anexo II la documentación
requerida para el reconocimiento de este supuesto de exención. Este supuesto de
exención, no incluido específicamente en el vigente modelo 05, ya exigía el
reconocimiento previo por parte de la Administración tributaria.
Modelo 560. Orden HAC/172/2021, de 25 de
febrero
Entrada en vigor: el día siguiente al de su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y resultará de aplicación a los
devengos que se produzcan a partir del 1 de octubre de 2021.
La presente orden supone la aprobación, de un
formato electrónico para la solicitud de inscripción en el registro
territorial, las comunicaciones de los beneficiarios a la oficina gestora y el
modelo de autoliquidación, a efectos de su presentación a través de la Sede
electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Para la presentación diferenciada de declaraciones
extemporáneas, complementarias o rectificativas, en relación con periodos de
liquidación anteriores al 1 de octubre de 2021, el modelo 560 aprobado por
la Orden HAP/2489/2014, de 29 de diciembre, se mantendrá disponible en la sede electrónica de
la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
I. Patrimonio 2020 y declaración informativa anual
acerca de valores, seguros y rentas
Entrada en vigor: al día siguiente al de su
publicación en el BOE.
Se aprueba la relación de valores negociados en los
centros de negociación con su cotización media correspondiente al cuarto
trimestre de 2020 anexa a esta orden, a efectos de la declaración del Impuesto
sobre el Patrimonio del ejercicio 2020 y para la cumplimentación de la
declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas, aprobada por
la Orden EHA/3481/2008, de 1 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 189
de declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas, los
diseños físicos y lógicos para la sustitución de las hojas interiores de dicho
modelo por soportes directamente legibles por ordenador y se establecen las
condiciones y el procedimiento para su presentación telemática.
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