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Los tres grandes perjuicios de la Ley Rider
Aunque la medida se ha vendido como una conquista de derechos sociales, la realidad es que va a costar miles de puestos de trabajo. Casi el 80% de los riders actuales podrían quedarse sin empleo, lo que supondrían 23.000 empleos.
El Gobierno de PSOE-Podemos acaba de aprobar la Ley Rider merced a la cual los repartidores de plataformas como Glovo, Deliveroo o Uber Eats deberán ser contratados como asalariados –de esas mismas empresas o de otra a la que subcontraten– en lugar de como profesionales autónomos –que es lo que venía ocurriendo hasta la fecha–. Aunque la medida se nos ha vendido como una conquista de derechos sociales que mejorará la calidad de vida de estos empleados, lo cierto es que se trata de una normativa que acarreará tres grandes perjuicios.
En primer lugar, menguará el volumen total de empleo en el sector. A partir de ahora, los pedidos se concentrarán totalmente entre los repartidores en plantilla, de modo que el número de repartidores implicados será menor. Por ejemplo, si estas plataformas demandaran 80 horas de trabajo y las jornadas laborales medias fueran de cinco, entonces terminarían dando empleo a 16 trabajadores. Es más, en la medida en que esas horas de trabajo no siempre fueran atendidas por los mismos autónomos, el trabajo podía estar incluso más repartido que en este ejemplo –si cada autónomo trabajaba de media una vez cada dos días, entonces habría empleo discontinuo para 32 trabajadores–. Si a partir de ahora esas 80 horas se reparten entre trabajadores fijos en plantilla con una jornada de ocho horas diarias, apenas habrá empleo para diez personas. Sí, esas diez personas concentrarán la actividad y la remuneración que antes estaba dispersa entre muchas más –lo cual obviamente mejorará su situación individual–, pero otras muchas la empeorarán.
En este sentido, la patronal de las plataformas, Adigital, estima que casi el 80% de los riders actuales podrían quedarse sin empleo, lo que supondría la desocupación de 23.000 personas. Sus previsiones se basan en el caso de Ginebra (Suiza), donde se aprobó el año pasado una norma similar a la española con consecuencias tan devastadoras como éstas. Y aunque podamos pensar que la patronal tiene interés en exagerar los efectos negativos de una regulación que les perjudica, UGT, sindicato que defiende la Ley Rider, ya ha colocado el grito en el cielo por el plazo de tres meses que el Gobierno ha otorgado a las plataformas para que se adapten y que servirá, a su entender, para que dejen de mantener relaciones profesionales con muchos repartidores con el objetivo último de no tener que incorporarlos más adelante en plantilla. Por tanto, también los sindicatos prevén un elevado número de ceses laborales.
En segundo lugar, la Ley Rider encarecerá el servicio de reparto a domicilio con respecto a la situación actual, lo que o bien redundará en un mayor coste para el cliente final o, adicionalmente, en una reducción de la cantidad y calidad de servicios proporcionados. En particular habrá mercados en los que dejará de ser rentable que las plataformas ofrezcan el servicio de reparto a domicilio –por ejemplo, municipios muy pequeños en los que no salga a cuenta mantener una plantilla fija de repartidores– o tramos horarios con menor demanda agregada. Así, por ejemplo, la patronal anticipa que dejará de operarse por entero y de inmediato en poblaciones que tengan menos de 100.000 habitantes, y que en las ciudades con entre 100.000 y 250.000 residentes sólo se ofrecerá servicio en hora punta. De nuevo, pueden ser pronósticos exagerados pero a tener presentes.
Y tercero, si se reduce la actividad de reparto a domicilio, muchos restaurantes –especialmente en municipios pequeños y medianos– se quedarán sin todo ese volumen de negocio. Nuevamente según la patronal, estas empresas podrían dejar de ingresar 300 millones de euros al año. En suma, la Ley Rider es un error que terminará beneficiando a unos pocos a costa de perjudicar a otros muchos.
FUENTE: LA RAZÓN
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