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El Congreso aprueba la Ley 'Crea y Crece', una de las principales reformas del Plan de Recuperación
El Congreso de los Diputados ha aprobado de forma definitiva la Ley de Creación y Crecimiento de Empresas (“Crea y Crece”), dirigida a facilitar la creación de empresas, reducir obstáculos regulatorios, luchas contra la morosidad e impulsar su crecimiento y expansión
La Ley “Crea y Crece” es una de las principales reformas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, cuyo principal objetivo es fomentar el dinamismo productivo y dar respuesta a las demandas y recomendaciones de los diferentes organismos internacionales.
La norma ha contado con un amplio respaldo en el Congreso de los
Diputados, fruto del intenso diálogo y colaboración parlamentaria con las
Comunidades Autónomas y todos los actores económicos, que ha permitido la
incorporación de mejoras durante su tramitación.
La ley
impulsa la creación de empresas y facilita su crecimiento y expansión,
especialmente de las pymes, poniéndolas en el centro de la política económica. La
mejora en el proceso de crecimiento empresarial es esencial, según la
evidencia reciente, para aumentar la productividad, la calidad del empleo y la
internacionalización, elementos fundamentales para incrementar la
competitividad de las empresas e impulsar el crecimiento económico.
Además, la norma reduce y agiliza los trámites y condiciones para la constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada, fomenta su crecimiento a través de la mejora regulatoria, generaliza el uso de la factura electrónica, establece medidas para luchas contra la morosidad en operaciones comerciales e impulsa la financiación alternativa potenciando mecanismos como el crowdfunding, la inversión colectiva o el capital riesgo.
- Crear una empresa será más fácil y más rápido
La Ley “Crea y Crece” facilita la creación de una empresa, al reducir
el coste económico y simplificar los trámites para su constitución.
Con este objetivo, se establece la posibilidad de constituir una
Sociedad de Responsabilidad Limitada con un capital social de 1 €,
frente al mínimo legal de 3.000 € establecido hasta el momento,
permitiendo a las empresas utilizar estos recursos en usos alternativos y
facilitando la creación de nuevos negocios.
De esta forma, España se alinea con gran parte de los países de nuestro
entorno en los que no se requiere un capital mínimo, favoreciendo de esta
forma el emprendimiento.
Asimismo, se facilita la constitución telemática de empresas a través de la ventanilla única del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE), lo que garantiza una reducción en los plazos para su creación y de los costes notariales y registrales.
- Medidas para favorecer el crecimiento de las empresas
De forma adicional, el anteproyecto de Ley mejora la eficiencia del
marco regulatorio de las actividades económicas al simplificar la
legislación existente, eliminar regulaciones innecesarias y establecer
procedimientos más ágiles.
Se modifica
la Ley de medidas de liberalización del comercio,
ampliándose el catálogo de actividades económicas exentas de licencia. Se
incorporan al listado de la normativa básica estatal las actividades que hayan
sido consideradas inocuas por al menos una comunidad autónoma.
Asimismo, se modifica la Ley de Garantía de Unidad de Mercado para reforzar la cooperación entre las diferentes Administraciones Públicas y los mecanismos de protección de empresas y consumidores frente a medidas que no respeten los principios de proporcionalidad y necesidad.
- Medidas para luchar contra la morosidad
La norma incluye también medidas para avanzar en la lucha contra la
morosidad en las operaciones comerciales, una de las causas que más
incidencia tiene en la liquidez y rentabilidad de muchas empresas españolas,
con particular incidencia en las pymes.
Para ello, se extiende la obligación de expedir y remitir factura
electrónica en todas las relaciones comerciales a empresas y autónomos, lo
que garantizará una mayor trazabilidad y control de pagos. Esta medida, además
de reducir los costes de transacción y suponer un avance en la digitalización
de la operativa de las empresas, permitirá obtener información fiable, sistemática
y ágil de los plazos efectivos de pago, requisito imprescindible para reducir
la morosidad comercial.
Asimismo, se establece que las empresas que no cumplan los plazos de
pago establecidos en la Ley de Morosidad (Ley 3/2004, 29 de diciembre, por la
que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones
comerciales) no podrán acceder a una subvención pública o ser entidad
colaboradora en su gestión.
Finalmente, se prevé la creación de un Observatorio Estatal de la
Morosidad Privada, que hará un seguimiento y análisis de los datos de los
plazos de pagos y promoverá buenas prácticas. Entre sus actuaciones, se incluye
la publicación de un listado anual de empresas morosas (personas
jurídicas que no paguen en plazo un porcentaje superior al 5% de sus facturas y
que el importe total de las facturas impagadas sea superior a 600.000 euros).
También se incluye en la Ley de Sociedad de capital y la Ley de
Morosidad la obligación de que las empresas grandes indiquen en sus memorias
anuales el periodo medio de pago a sus proveedores o el número de facturas
pagadas en un periodo inferior al máximo establecido en la normativa de
morosidad.
Refuerzo de
la financiación
La norma incorpora medidas para mejorar los instrumentos de
financiación del crecimiento empresarial alternativos a la financiación
bancaria, como el crowdfunding o financiación participativa, la inversión
colectiva o el capital riesgo.
En el ámbito del crowdfunding, la Ley Crea y Crece adapta la
regulación nacional a la normativa europea, introduciendo más flexibilidad
para que estas plataformas presten sus servicios en Europa. Además, se refuerza
la protección de los inversores y se permite la creación de vehículos para
agrupar a los inversores y así reducir costes de gestión.
Para ampliar el universo de proyectos empresariales elegibles se
elevan los umbrales de inversión por proyecto (de 2 a 5 millones de euros)
y se modifican los límites de inversión por proyecto para inversores
minoristas, que pasan a ser el más alto entre 1.000 euros o el 5% de la
riqueza.
Se impulsa
la industria del capital riesgo, ampliándose el tipo de
empresas en las que pueden invertir estas entidades, incluyendo empresas
financieras con un alto componente tecnológico.
Por último, se amplían las figuras reconocidas para fondos cerrados,
incluyendo estructuras de amplia trayectoria en otros países de nuestro
entorno. Se trata de fondos de deuda que pueden invertir en préstamos,
facturas o efectos comerciales, contribuyendo y mejorando la financiación
empresarial de compañías que hayan visto deteriorada su estructura financiera
como consecuencia de la pandemia.
En relación con las Instituciones de Inversión Colectiva, se
elimina el carácter obligatorio del informe trimestral, se establecen los
medios telemáticos como medio de comunicación por defecto y se flexibiliza el
régimen de diversificación de inversiones de las entidades de capital riesgo.
El Pleno del Congreso ha aprobado, por mayoría, parte de las enmiendas que el Senado ha incorporado al proyecto de ley, por lo que la iniciativa concluye así su tramitación parlamentaria y el texto queda listo para su publicación en el BOE y su posterior entrada en vigor.
Enlace al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España
FUENTE ADADE CENTRAL
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