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Sanciones que implica el fraude laboral del falso autónomo

Tras la notica de la multa récord a Glovo, la figura del falso autónomo vuelve a estar sobre la mesa.


Como ya sabemos, un falso autónomo es un trabajador por cuenta ajena que, según la ley, debe estar dado de alta como trabajador por cuenta ajena en la Seguridad Social por su relación laboral con la empresa. Lo que hace que se le denomine “falso autónomo” es el hecho de que la empresa le exige a darse de alta por el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Así, la reciente multa a Glovo de 79 millones de euros por emplear a 10.000 falsos autónomos en Valencia y Barcelona ha vuelto desatado el foco nuevamente sobre la figura del falso autónomo.

Multas a las que se enfrenta la empresa por la figura del falso autónomo

Las empresas que cometen este fraude fiscal se enfrentan a unas sanciones que, según su gravedad, varían en cuantía:

  •  Sanción mínima: desde 3.126 € hasta 6.250 €
  • Sanción media: desde 6.251 € hasta 8.000 €
  • Sanción máxima: desde 8.001 € hasta 10.000 €



FUENTE ADADE CENTRAL

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