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Hacienda perdona las deudas pendientes inferiores a tres euros
El BOE publica, en fecha de 15 de noviembre de 2022, la Resolución de 10 de noviembre de 2022, conjunta de la Intervención General de la Administración del Estado y de la Dirección General de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, por la que se acuerda la anulación y baja en contabilidad de todas aquellas liquidaciones correspondientes a recursos de derecho público de la hacienda pública estatal recaudados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria de las que resulte una deuda pendiente de recaudar por importe inferior a tres euros.
En esta citada resolución, que se aplicará a los quince días siguientes a su publicación en el BOE, se acuerda y se procede a la anulación y a dar de baja:
- Todas las liquidaciones de la AEAT de las que resulte una deuda pendiente de recaudar de menos de tres euros, a 1 de junio de 2022.
- Aquellas liquidaciones de órganos y organismos autónomos de la Administración General del Estado, cuya gestión recaudatoria en período ejecutivo corresponda a la Agencia Tributaria, de las que resulte una deuda pendiente de menos de tres euros, a 1 de junio de 2022.
La finalidad de esta nueva medida es evitar actuaciones recaudatorias que se basen en lucro cero para la Hacienda Pública o para el cumplimiento de los fines de la Administración pública. Pues la gestión de dichas liquidaciones supondría un coste mayor a los recursos que potencialmente pudieran derivarse de ellas.
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