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Medidas de protección a deudores hipotecarios

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley por el que se establece un Código de Buenas Prácticas de medidas mitigadoras de la subida de los tipos de interés en préstamos hipotecarios sobre la vivienda habitual, se modifica el Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, y se adoptan otras medidas estructurales para la mejora del mercado de préstamos hipotecarios.

Además, el Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se aprueba el Código de Buenas Prácticas para Deudores hipotecarios en riesgo de vulnerabilidad.


Este paquete de medidas persigue aliviar la carga hipotecaria a más de un millón de hogares vulnerables o en riesgo de vulnerabilidad por el incremento del Euríbor, preservando la estabilidad financiera.

Actualmente, hay 3,7 millones de hipotecas referenciadas al Euríbor. Gracias a las medidas de protección de rentas y a la bajada del stock de crédito, los hogares tienen una posición financiera más saneada, con más ahorro y menos endeudamiento que en el pasado. A esto se añade que tres de cada cuatro hipotecas se conceden actualmente a tipo fijo, el plazo medio residual ha bajado hasta los 10 años en 2021 y el porcentaje de hogares que dedica más de un 40% de su renta disponible al pago de la hipoteca ha descendido sustancialmente en los últimos años.

La ampliación del catálogo de medidas a las que pueden acceder los hogares les permitirá disponer de más opciones para reducir su carga hipotecaria de forma efectiva y tener más certidumbre en su nivel de gasto a medio y largo plazo, pudiendo elegir la medida que mejor se ajuste a sus necesidades y situación financiera.

De forma específica, se actúa en tres vías:

  1. mejora del tratamiento de las familias vulnerables, abriendo un nuevo marco de actuación temporal para familias en riesgo de vulnerabilidad por la subida de tipos;
  2. adopción de mejoras para facilitar la amortización anticipada de los créditos; y
  3. conversión de las hipotecas a tipo fijo.

Ampliación y refuerzo del Código de Buenas Prácticas para familias vulnerables

En primer lugar, se recogen medidas que mejoran el actual Código de Buenas Prácticas para deudores hipotecarios vulnerables, aprobado en 2012, con el fin de adaptarlo a la situación actual. De esta forma, los deudores vulnerables tendrán la posibilidad de reestructurar el préstamo hipotecario con un tipo de interés más bajo durante la carencia principal de 5 años (Euribor – 0,1% frente al Euribor + 0,25% actual). Asimismo, se amplía a 2 años el plazo para solicitar la dación en pago de la vivienda y se contempla la posibilidad de una segunda reestructuración, en caso necesario.

Con el objetivo de ampliar el ámbito de actuación, se permite que los hogares con renta inferior a 25.200 euros al año (tres veces el IPREM) que dediquen más del 50% de su renta mensual al pago de la hipoteca, pero no cumplan el criterio actual del incremento de un 50% del esfuerzo hipotecario, puedan acogerse al Código con una carencia de 2 años, un tipo de interés menor durante la carencia y un alargamiento del plazo de hasta 7 años. Esta medida es necesaria para aquellas familias que, como consecuencia de la subida de tipos de interés, lleguen a niveles de esfuerzo hipotecario excesivos que les obliguen a reducir gastos de primera necesidad y pongan en peligro el pago de la hipoteca, puedan recibir un tratamiento adecuado.

La aplicación de estas medidas permitirá que los deudores hipotecarios vulnerables vean aliviada su carga financiera de forma inmediata. Por ejemplo, una familia con una hipoteca tipo de 120.000 euros y una cuota mensual de 524 euros tras la revisión de tipos de interés, verá reducida su cuota durante el período de carencia de cinco años más de un 50%, hasta los 246 euros.

Nuevo Código de Buenas Prácticas para deudores en riesgo de vulnerabilidad por la subida de tipos de interés

Asimismo, se propone un nuevo Código que proporcione alivio a los deudores de clase media en riesgo de vulnerabilidad por el incremento de la cuota hipotecaria, facilitando a las familias una adaptación más gradual al nuevo entorno de tipos de interés.

Podrán beneficiarse de estas medidas los hogares con renta inferior a tres veces y media el IPREM (29.400 euros anuales) con hipotecas suscritas hasta el 31 de diciembre de 2022, una carga hipotecaria superior al 30% de su renta y que haya subido al menos el 20%. Para todos estos casos, las entidades financieras deberán ofrecer la posibilidad de congelación durante 12 meses de la cuota, un tipo de interés menor sobre el principal aplazado y un alargamiento del plazo del préstamo de hasta 7 años.

Medidas complementarias

Por último, se reducirán aún más los gastos y comisiones para facilitar el cambio de tipo variable a tipo fijo y se eliminarán durante todo el 2023 las comisiones por amortización anticipada y cambio de hipoteca de tipo variable a fijo. Se incluirán medidas para la promoción de la educación financiera y se reforzará el seguimiento de la aplicación de ambos códigos.

Los dos Códigos de Buenas Prácticas serán de adhesión voluntaria por parte de las entidades financieras y de obligado cumplimiento una vez suscritos. Las entidades bancarias deberán garantizar la protección de este catálogo de medidas en caso de transmisión del crédito a un tercero.

El objetivo es que el conjunto de medidas adoptado esté disponible a partir del 1 de enero de 2023.



ENLACE AL BOE

ENLACE AL REAL DECRETO-LEY 19/2022, DE 22 DE NOVIEMBRE

FUENTE ADADE CENTRAL

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