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Así está la situación del despido en España: tipos, días de indemnización y qué dice el Estatuto de los trabajadores

El cese de la actividad laboral puede definirse como la decisión tomada por un empresario de poner fin a su relación contractual. Sin embargo, existen varias clases.

El Pleno del Congreso de los Diputados celebró ayer la Sesión de Control al Gobierno, en la que el Presidente y sus ministros se sometieron a las preguntas del resto de grupos parlamentarios. Según Yolanda Díaz: "Sale demasiado barato despedir", haciendo alusión al despido improcedente en España. Subrayando además que las normas deben hacer que el despido sea «disuasorio», algo que considera que no se está logrando en estos momentos.

Lo cierto es que un despido es una situación bastante desagradable, tanto para el trabajador como para el responsable de comunicar la decisión. Sin embargo, es este último quien debe saber gestionar el despido. Además de conocer perfectamente todo el proceso, ya que, si no se realiza correctamente, puede suponer un riesgo para la empresa. Por ello, es tan importante conocer qué tipos de despidos existen en España y en qué se diferencian unos de otros.

Tipos de despidos en España

En España existen tres formas de finalizar un contrato por parte del empresario.

Tipos de despido:

  • Objetivo
  • Disciplinario
  • Colectivo

No obstante, cada tipo de despido lleva consigo un proceso completamente diferente, por lo que debemos conocer perfectamente cada uno de ellos por si en algún momento nos viéramos afectados por ellos.

Despido objetivo

Este tipo de despido, tal y como su propio nombre indica, se basa en causas objetivas, que pueden ser de varios tipos.

Tipos de causas objetivas:

  • Económicas: la empresa respalda el despido por la imposibilidad financiera para hacer frente al salario de uno o más trabajadores, ya sea por la disminución de ingresos, las constantes pérdidas o por entrar en quiebra.
  • Técnicas: estas causas hacen referencia, por ejemplo, a la actualización tecnológica de la empresa incorporando maquinaria e instrumentos cuya manipulación necesita de una serie de conocimientos o capacidades que el empleado o los empleados que se pretenden despedir no pueden realizar. No obstante, debemos saber que antes de recurrir a un proceso de despido objetivo basado en causas técnicas, la empresa debe ofrecer a los empleados un curso de capacitación para actualizar sus habilidades y conocimientos en base a la tecnología incorporada.
  • Organizativas: aunque esta causa es similar a la anterior, en este caso los cambios implementados son en los sistemas y métodos de trabajo, no en las tecnologías e instrumentos. Por ejemplo, al modificar un proceso productivo para el operario actual.
  • Productivas: en este caso el despido se lleva a cabo por los cambios en la demanda de un determinado producto o servicio por parte de los consumidores. Es decir, si una empresa cuenta con un stock de tres productos pero uno de ellos presenta problemas para posicionarse en el mercado, será necesario disminuir su producción, lo que supone reducir el personal a cargo de dicho producto.

Hay que tener en cuenta que, independientemente de la causa del despido objetivo, la empresa está obligada a realizar un preaviso con un plazo mínimo de quince días naturales desde el momento en el que se comunica la noticia hasta la finalización de la relación laboral. Asimismo, la empresa debe asumir la indemnización correspondiente.

Despido colectivo

Según lo establecido por el Estatuto de los Trabajadores, «se entenderá por despido colectivo la extinción de contratos de trabajo fundada en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción» cuando, en un periodo de noventa días, la extinción afecte a una determinada cantidad de trabajadores.

Casos de despido colectivo:

  • Diez trabajadores, en las empresas que ocupen menos de cien trabajadores.
  • El diez por ciento del número de trabajadores de la empresa en aquellas que ocupen entre cien y trescientos trabajadores.
  • Treinta trabajadores en las empresas que ocupen más de trescientos trabajadores.

Aunque puede deberse a otros motivos, generalmente este tipo de despidos suele darse principalmente bajo la modalidad de despido por causas de carácter económico.

En estos casos, la empresa cuenta con constantes pérdidas y necesita eliminar varios puestos de trabajo para asegurar su continuidad.

Despido disciplinario

El tercero de los tipos de despido es el disciplinario, cuyas causas tienen su origen en determinados incumplimientos por parte del propio empleado.

Causas más comunes:

  • Absentismo laboral e incumplimiento de los horarios de trabajo.
  • Agresiones verbales o físicas a otros integrantes de la empresa o a sus familiares.
  • Reducción voluntaria de los niveles de productividad normales o acordados.
  • Acoso sexual, racial, religioso o de cualquier otro tipo a los integrantes de la empresa.
  • Desempeño de las actividades en constante estado de embriaguez o toxicomanía.
  • Desobediencia respecto al rol, las funciones y las actividades que competen al trabajador.
  • Transgresiones de la buena fe contractual, como puede ser el involucrarse con la competencia de la empresa exponiendo información sensible.
  • Hurto de materiales, herramientas, datos o cualquier recurso de la empresa.

A diferencia de los casos anteriores, el despido disciplinario puede llevarse a cabo sin preaviso. Por ejemplo, si la empresa descubre que un empleado está robando recursos, podrá ser despedido en el acto e incluso interponerse una demanda contra él.

Diferencias entre despido procedente, improcedente y nulo

Aunque estas calificaciones suelen confundirse con los tipos de despidos, en realidad son la causa del despido emitida por los tribunales después de un proceso de impugnación. Asimismo, como resultado de cada uno, se despliegan diferentes efectos jurídicos.

Despido procedente

En caso de ser un despido procedente, los motivos del cese se comprueban de tal manera que se lleva a cabo sin ningún tipo de repercusión para la empresa, más allá de la indemnización conforme a lo establecido en la ley.

Despido improcedente

Este tipo de despido surge cuando se encuentran inconsistencias o las justificaciones por el cese del contrato son insuficientes.

Despido nulo

Un despido puede ser declarado nulo cuando la causa está relacionada con algún tipo de discriminación o cuando se viola algún derecho fundamental. Lo que supone la inmediata readmisión del trabajador, así como el pago del salario correspondiente a los meses que no haya trabajado por causa de este despido.

Indemnizaciones

Para calcular cuánto dinero nos deben entregar al ser despedidos, deberemos tener en cuenta tres variables diferentes.

Variables:

  • Salario: es la base para realizar el cálculo de la indemnización y se obtiene a partir de la suma del salario bruto de los 12 meses anteriores al despido.
  • Antigüedad: este dato es imprescindible para saber cuántos días de salario le corresponde al trabajador como indemnización. Debiéndole pagar una determinada cantidad de días por año trabajado según lo establecido en la siguiente variable.
  • Tipo de despido: Mientras que los despidos objetivos tienen que ir acompañados de una indemnización equivalente a la suma de 20 días de salario por cada año trabajado. En los despidos disciplinarios debe abonarse una indemnización de entre 33 a 45 días de salario por año.

Por último, aunque estas variables son fundamentales para el cálculo de la indemnización, existen otros elementos más específicos a tener en cuenta al hacer el cálculo final, los cuales están expuestos en el Real Decreto Legislativo 2/2015.



FUENTE: ABC

 

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