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Eliminación de la doble imposición entre España y Portugal
El Consejo de Ministros ha adoptado el Acuerdo por el que se autoriza la firma del Convenio entre el Reino de España y la República del Paraguay para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión o elusión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y de su Protocolo.
Este Convenio tiene por objeto fomentar las relaciones económicas,
estimular las inversiones y reforzar la cooperación bilateral en materia
tributaria entre ambos países, sin generar oportunidades de no imposición o de
una imposición reducida mediante evasión o elusión fiscales, incluidas las
estrategias de elusión mediante la utilización abusiva de los convenios por
terceros.
Para la negociación de este Convenio se celebraron rondas en 2013 y
2014. Finalmente, en la tercera ronda de negociaciones, celebrada en Madrid el
7 de noviembre de 2022, se alcanzó el acuerdo en todos sus artículos.
El Convenio establece los criterios relativos a la imposición sobre las
rentas inmobiliarias, beneficios empresariales, transporte marítimo y aéreo,
empresas asociadas, dividendos, intereses, cánones o regalías, ganancias de
capital, servicios personales dependientes, remuneraciones en calidad de
consejeros y directores, rentas de artistas y deportistas, pensiones, funciones
públicas, estudiantes y otras rentas.
El texto incorpora los estándares de la Organización para la
Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
Este Convenio integra los últimos cambios que se han producido en el Modelo Convenio Tributario de la OCDE para evitar la doble imposición y en el marco del Plan de Acción contra la erosión de la Base Imponible y el traslado de beneficios (BEPS, por sus siglas en inglés) de la OCDE/G20, de lucha contra la elusión fiscal internacional de las grandes multinacionales.
FUENTE ADADE CENTRAL
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