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Europa limitará la venta de viviendas que no cumplan con la Directiva de eficiencia energética para 2030
La propuesta del texto de la reforma de la Directiva de Eficiencia Energética de la Edificación, contempla el objetivo de una calificación energética mínima E para las viviendas en 2030.
La nueva redacción de la Directiva de Eficiencia Energética de la
Edificación marca dos objetivos con impacto revulsivo en el mercado
inmobiliario: para 2030 todos los edificios de viviendas existentes tendrán una
calificación energética mínima E, y para 2033 mínimas de D. Además, introduce el
concepto de edificio cero emisiones y la figura de Pasaporte de Renovación
Energética para que los propietarios puedan planificar las obras de mejora, en
un texto más exigente que el que proponía el propio Consejo de Europa.
Bruselas pisa el acelerador para llegar al objetivo de 2050 de
neutralidad climática. Y la mejora del parque de edificios es esencial, se
trata de un reto de dimensiones colosales para el que se anuncia una importante
movilización de dinero público y la creación de figuras financieras que ayuden
al ciudadano. Sin embargo, en el texto aprobado por el Parlamento Europeo no
concreta cifras.
La Directiva
no se aprobará antes de 2025
Para entender el momento en que se encuentra la medida, hay que bucear
en la compleja tramitación legislativa de la UE. El pasado 14 de mayo el
Parlamento Europeo aprobó la reforma de la Directiva de Eficiencia
Energética de la Edificación (EPBD, en sus siglas en inglés), popular por
introducir la figura de la certificación de eficiencia energética en la
compraventa y alquiler.
Su trámite legislativo abre ahora un periodo de dos a tres meses de
negociación en la fase llamada trílogos, con la Comisión Europea y el Consejo
hasta su aprobación definitiva. Finalmente, se abrirá un plazo de hasta
24 meses para su transposición en cada país.
De este modo, no será hasta avanzado 2025 o comienzos de 2026 cuando
finalmente entre en vigor, aunque en este impasse también
tendrán efecto alguna de sus medidas. Ejemplo es que “hasta la aplicación de
todos estos requisitos, los Estados miembros deben garantizar que los edificios
de nueva construcción sean al menos de consumo de energía casi nulo”, como
adelanta Marcos Ros, eurodiputado socialista.
La
clasificación energética modifica el mercado
El también arquitecto explica a idealista/news el texto aprobado que,
en su opinión, “ha sido más ambicioso que la propuesta de la Comisión”. Una
medida que “sirve para alinear la Directiva con los objetivos del Pacto Verde
Europeo de 2019, por el cual se debe alcanzar en 2030 una reducción de las
emisiones de gases efecto invernadero del 55%, y para 2050 alcanzar la plena
neutralidad climática”.
Desde un análisis de impacto en el mercado, Ros avanza que “la vivienda
en toda la UE va a ser objeto de una importante transformación que premiará
a los propietarios que apuesten por la eficiencia energética”. En su
opinión, “un aspecto hasta ahora menor como el certificado de eficiencia
energética pasará a ser clave, porque determinará el grado de cumplimiento y
adaptación de los edificios a la norma gradualmente, hasta conseguir ser cero
emisiones en 2050. Compradores y vendedores empezarán a valorar cada vez más
los edificios que menos consuman, y es probable que se produzca una
revalorización de los inmuebles más eficientes energéticamente”.
A la espera de que las medidas de la Directiva EPBD se concreten, Peio
Mendia, consejero del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas
(CGCAFE), advierte de que “la sociedad no es consciente de las obligaciones
al tener una vivienda en propiedad. Habrá que cumplir con unas medidas
muy restrictivas sobre contaminación, lo que va a obligar a continuas
rehabilitaciones y mantenimientos de los edificios”.
“Es un reto y un cambio de paradigma, y por eso ha habido muchas
resistencias a que esto se implementara como algo obligatorio desde Europa,
marcado los objetivos temporales”, considera Raquel Díaz, directora de
Proyectos de Green Building Council España (GBCe): “Pero es una necesidad.
Se habla de que cerca de un 85% de los edificios necesitará de esa
rehabilitación si queremos cumplir con el nivel de descarbonización marcado,
que es de cero para 2050”.
Por eso Bruselas quiere acelerar el proceso. Según se recoge en los
preámbulos de las 160 páginas con que cuenta la Directiva, el parque de
edificios europeo es responsable del 40% del consumo energético de la UE y
del 36% de las emisiones, por lo que esta actuación se considera prioritaria
para sus ambiciones.
Novedades de
la nueva Directiva EPBD
Antes de entrar en los plazos previstos por el plan, conviene
introducir cuatro nuevos conceptos del texto con el que trabajan las
instituciones europeas:
- Edificio cero emisiones. Se
espera que para 2050 esta sea la categoría de todos los inmuebles
comunitarios, teniendo como una de sus características fundamentales
cubrir el escaso consumo energético que precise por fuentes energéticas
renovables, autogeneradas o compradas. Una figura más exigente que la
actual de ‘edificio de consumo casi nulo’, que aún se conserva el texto de
la Directiva.
- Potencial de
Calentamiento Global del Edificio (PCG). Se
trata de un cálculo que incluye toda la vida útil del edificio desde su
diseño, construcción, mantenimiento y reformas, hasta su demolición. Un
cálculo que también toma en consideración el impacto de los propios
materiales constructivos.
“Todos los edificios tienen que incorporar su PCG desde el 1 de enero
de 2027, e integrarlo en su certificación de eficiencia energética”. Ros
también explica que, hasta su obligatoriedad, la Directiva contempla un tiempo
para la armonización de todos los sistemas de cálculo europeos que afectan a
los inmuebles.
- Pasaporte de Renovación
Energética. Figura que se crea para que las
propiedades que por la razón que fuera (mayormente de financiación) no
abordan en una única fase su renovación energética, puedan aprobar un plan
de acción. Este será entendido como compromiso por las Administraciones
Públicas supervisoras.
- Planes Nacionales de
Renovación. Una hoja de ruta de las medidas de
cada Estado miembro para alcanzar los objetivos nacionales. Deben incluir
el compromiso del porcentaje de renovación anual para alcanzar el objetivo
de 2050.
Calendario
de obligado cumplimiento
Uno de los aspectos que más ha sorprendido es el calendario propuesto,
más exigente en el rango de las calificaciones energéticas que el barajado
hasta el pasado 14 de marzo:
- Requisitos
para edificios de nueva construcción:
- A partir del 1 de enero
de 2026, todos los edificios de nueva
construcción públicos u ocupados por las Administraciones Públicas deben
ser cero emisiones.
- A partir del 1 de enero
de 2028, todos los edificios de nueva
construcción no públicos (residenciales y no residenciales) deben ser cero
emisiones.
- Requisitos
para los edificios existentes:
- Edificios públicos. A
partir del 1 de enero de 2027, tienen que tener una clasificación mínima
de letra E. Para 2030, su clasificación mínima deberá ser D.
- Edificios privados no
residenciales. Los
plazos y exigencias son iguales que los señalados para los públicos ya
existentes.
- Privados residenciales. A
partir del 1 de enero de 2030, tienen que tener una clasificación mínima
de letra E. Para 2033, su clasificación mínima deberá ser D.
Cumplimiento
y sanciones
En el proceso de transposición de la Directiva a la legislación
española, se definirá qué ocurre con los edificios que para esta fecha no
cumplan con estas calificaciones, aspecto sobre el que Ros avanza que “la
directiva no establece ningún régimen de sanciones”.
Sin embargo, serán los Estados miembros en su transposición los que
definan algún tipo de condiciones, como un compromiso explícito del comprador
sobre un plazo de ejecución de las obras necesarias para su adecuación conforme
a la norma.
Medidas de
ayuda
“Durante toda la redacción de la Directiva, se incide en la necesidad
de movilizar recursos europeos para afrontar esta ambiciosa transformación del
parque europeo de edificios con la menor carga posible para los ciudadanos y
salvaguardando sus derechos, en especial de los más vulnerables”, explica Ros.
Con este objetivo se habla de figuras como hipotecas verdes, préstamos con
condiciones especiales y subvenciones. Sin embargo, como ya se ha señalado, en
ningún punto se cuantifican o especifican estas ayudas.
Sí, se habla de tres grandes fuentes de financiación, a saber, los Fondos de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Next Generation), el Fondo Europeo de Desarrollo regional (Feder) y el Fondo Social para el Clima (que se creó junto a todo el Paquete Climático).
FUENTE: IDEALISTA
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