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Claves del nuevo Acuerdo del Estatuto del Becario

Después de más de un año de negociaciones, el Ministerio de Trabajo y los sindicatos han llegado a un acuerdo sobre el Estatuto del Becario. 

El nuevo texto incluirá varias novedades, como una definición clara de las prácticas, la compensación de gastos y la implementación de un régimen sancionador.

A continuación, estos son los puntos clave que conformarán el marco mínimo de derechos para las personas que realizan prácticas no laborables, según lo adelantado hasta el momento:

  • Definición de prácticas no laborables: cualquier actividad laboral relacionada con la formación que no cumpla con el nuevo concepto establecido deberá ajustarse a los nuevos contratos de formación introducidos por la reforma laboral 2021-2022.
  • Obligatoriedad de contar con un convenio con la universidad o centro de formación profesional: las tareas asignadas al becario deberán estar en línea con el plan de formación establecido.
  • Restricciones en el horario de las prácticas: los becarios no podrán realizar prácticas durante la noche ni en turnos, salvo en casos excepcionales donde la naturaleza de la actividad lo requiera.
  • Límite de becarios según el tamaño de la empresa: el número máximo de becarios se limita al 20% de la plantilla total de la empresa. Sin embargo, todas las empresas, independientemente de su tamaño y plantilla, podrán tener hasta dos becarios.
  • Compensación mínima de gastos: la empresa deberá cubrir los gastos de dietas, y en algunos casos, también los de desplazamiento, alojamiento o manutención. No obstante, la empresa no estará obligada a cubrir estos gastos si la remuneración recibida es suficiente o si existen otras becas o ayudas que los cubran.
  • Igualdad de condiciones en el acceso a servicios: el becario tendrá derecho a disfrutar de todos los servicios que tienen los empleados de la empresa, como restauración, áreas de descanso, estacionamiento, etc.
  • Cumplimiento de los límites y descansos de la jornada laboral, incluyendo días festivos y vacaciones.
  • Tutorización de las prácticas: se garantiza el derecho a una tutorización adecuada de las prácticas, donde las empresas deberán designar tutores responsables de coordinar y hacer seguimiento del itinerario formativo del estudiante. Cada tutor podrá tener un máximo de cinco personas en formación práctica a su cargo (tres en el caso de empresas con menos de 30 empleados).
  • Aplicación de la ley de prevención de riesgos laborales.
  • Nuevo régimen sancionador: con el objetivo de desalentar el fraude, las multas podrían alcanzar hasta 225.000 euros en los casos más graves.

Es importante tener en cuenta que, en cuanto a la cotización, a partir del 1 de octubre de 2023, se aplicarán las nuevas normas contenidas en la Disposición Adicional 52º de la Ley General de la Seguridad Social.

Hasta que se publique la nueva normativa y se conozcan su fecha y condiciones de entrada en vigor, esta modalidad de prácticas está regulada por el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, de prácticas no laborales en empresas y por el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.


FUENTE ADADE CENTRAL

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