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Reforma del Reglamento del Registro Mercantil
El Consejo de Ministros ha aprobado la reforma del Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil, para completar la transposición de la Directiva 2019/1151 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, en relación a la utilización de herramientas y procesos digitales en el ámbito del derecho de sociedades.
La
nueva norma aborda diferentes aspectos sobre publicidad e interconexión
de los registros centrales, mercantiles y de sociedades de los Estados miembros
de la Unión Europea.
Los principales objetivos del real decreto son asegurar un entorno
jurídico y administrativo acorde a los desafíos económicos, sociales y
digitales derivados de la globalización, así como fomentar el crecimiento
económico, la creación de empleo y la inversión en la UE.
Con esta trasposición, los Estados miembros deben prever en sus
respectivos ordenamientos jurídicos un sistema de constitución de las
sociedades de capital íntegramente digital, sin necesidad de que los
solicitantes comparezcan físicamente ante cualquier autoridad, persona u
organismo para tratar aspectos de su creación.
Este nuevo procedimiento no supone la exclusión de otros ya
contemplados en las legislaciones nacionales de los Estados miembros.
Por otro lado, la directiva lo hace extensivo a todo el ciclo vital de
la sociedad, con el fin de facilitar un sistema para la presentación online de
los documentos necesarios, así como al registro de sucursales de las entidades
de otros Estados miembros.
Así, contempla la posibilidad de abrir y registrar de forma
telemática, a través del sistema BRIS, una sucursal en otro Estado
miembro y los obliga a informarse mutuamente sobre los cierres de
sucursales y las modificaciones de razón o de domicilio social, con el fin de
aplicar en el ámbito transfronterizo intraeuropeo el principio de solo
una vez.
Por último, el real decreto introduce también disposiciones que afectan al sistema de publicidad registral, al funcionamiento de los registros mercantiles y al coste del servicio prestado.
FUENTE ADADE CENTRAL
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