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La obligación de informar a Hacienda sobre la tenencia de criptomonedas se aplicará a quienes acumulen más de 50.000 euros

Las personas físicas que sean titulares de un valor superior a 50.000 euros en criptomonedas están obligadas a informar del saldo de las mismas en la autoliquidación del Impuesto sobre el Patrimonio, de acuerdo con el Real Decreto 249/2023, de 4 de abril.

A partir del primer día del año 2024 los tenedores de criptomonedas en España «pasarán a ser operadores financieros como cualquier otro, tenidos como responsables de las operaciones, y no van a poder no informar».

«El mundo cripto se domestica», declara la abogada, destacando que, hasta ahora, los criptoactivos no se podían trazar, por lo que se desconocían las operaciones que se realizaban con ellos, derivando en aproximadamente 2.400 millones de euros sin gravar, según los cálculos de las autoridades europeas. «Se decía que era un pseudoparaíso fiscal». «Era esperable que la Administración tributaria quisiera estos datos».

Así, la obligación de informar sobre criptomonedas, incluyendo datos como nombre y apellidos, razón social o denominación completa, domicilio y número de identificación fiscal de las personas físicas o jurídicas, abarcará las «wallet» (monederos virtuales almacenados en ‘hardware’ o ‘software’) que se gestionen en el país.

Vale la pena mencionar que España solo regulará las criptomonedas, aunque otros Estados miembros de la Unión Europea cubrirán todos los criptoactivos basados en tecnologías descentralizadas y similares, una formulación legal para adelantarse a los desarrollos técnicos de estas herramientas y que estos no requieran normas tributarias adicionales.

«Estos requerimientos van a ser complicados para los ‘wallet’ y servicios de ‘exchange’ (proveedores de servicios de cripto) porque tendrán que manejarse muchos datos que no necesariamente tienen a la mano». «Todo se basa en claves encriptadas» y «el mundo cripto va de ser anónimo y descentralizado».

Con cada vez más criptoactivos, la normativa contra el blanqueo de dinero también exigirá que toda operación de canje y transferencia cumpla con «reglas de viaje», es decir, que aparezcan los datos encriptados de ordenante y beneficiario dentro de la orden. «Quien no sabe, es porque no ha prestado atención».



FUENTE: CONFILEGAL

 

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