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Hacienda ya puede requerir la contabilidad de un negocio en cualquier momento y pedir datos a terceros

Con los últimos cambios en la Ley General Tributaria, Hacienda podrá solicitar la contabilidad de los negocios en cualquier momento, sin abrir una Inspección. Además, podrá solicitar datos a terceras partes, como proveedores, clientes o notarios.

Desde hace unas semanas, la Agencia Tributaria puede solicitar a los autónomos y negocios datos relativos a su contabilidad en cualquier momento, sin la necesidad de tramitar un procedimiento de inspección, algo a lo que hasta ahora estaban obligados. Así lo constataron a este medio desde Hacienda y la Asociación Española de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios (Asefiget).

Se trata de una de las modificaciones a la Ley General Tributaria que entraron en vigor el pasado 23 de mayo, fruto de la transposición de una directiva europea. A partir de ahora, los negocios podrán ser requeridos por la Agencia Tributaria para aportar su contabilidad en un procedimiento de comprobación limitada, sin necesidad de que se abra una inspección formal.

Además, a partir de ahora, el fisco está en disposición de requerir ciertos datos a terceros, con el objeto de comprobar cualquier documentación que los autónomos y negocios aporten y así estar seguros de la veracidad de esta información. Hasta ahora, solo podían pedirles aquella información que estuviesen obligados a aportar.

La transposición de la directiva europea "busca mejorar la capacidad de la Agencia Tributaria para comprobar los datos que los negocios y los autónomos aportan en sus declaraciones de impuestos, como el IVA u otras liquidaciones tributarias que los trabajadores por cuenta propia están obligados a realizar periódicamente", afirmaron desde Hacienda.

Los asesores fiscales auguran mayor litigiosidad al ampliar las llamadas "comprobaciones limitadas"

Tal y como explicaron desde la Agencia Tributaria, “en el procedimiento de comprobación limitada, con el fin de mejorar su efectividad, se reconoce la facultad de la Administración tributaria de comprobar la contabilidad mercantil, a los solos efectos de constatar la coincidencia entre los que figure en ella y la información que obre en poder de la Administración.”

Así, a partir de ahora, Hacienda puede solicitar los libros contables oficiales de los negocios sólo para corroborar los datos de ciertas operaciones. Por tanto, tal y como confirmaron a este diario desde la Agencia Tributaria, “para los autónomos que están en módulos no supone ningún cambio, porque no tienen que llevar contabilidad.”

Sin embargo, el cambio en la normativa provocará un perjuicio para los negocios y los asesores fiscales. Así lo afirmó a este medio Ricardo Perpiñán, portavoz de la Asociación Española de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios (Asefiget), explicando que “a mi juicio, va a traer mucha litigiosidad, porque no es un tema que esté claro. Desde luego, tendrán que justificar por qué acceden a la contabilidad y si realmente es para comprobar la coincidencia de los datos.”

Y, ¿qué ocurrirá si los datos contables del negocio y los que Hacienda tiene en su poder no coinciden? Tal y como explicó Ricardo Perpiñán, no tiene por qué terminar en un procedimiento de Inspección, algo que sólo ocurriría en los casos de mayor gravedad. “En caso de que no coincidan, harán una liquidación provisional con las diferencias que pueda haber. Por ejemplo, si has declarado 1.000 y realmente son 1.500, harán una liquidación por los 500 restantes, añadiendo la sanción correspondiente”, afirmó.

Además, la transposición de la directiva europea autoriza por primera vez a la administración tributaria a acudir in situ a las oficinas, locales o naves de los negocios para solicitar información, “algo que hasta ahora estaba reservado únicamente a la Inspección de Hacienda”, expresó el portavoz de Asefiget.

Ante esta situación, los asesores fiscales y gestores tributarios consideran que los negocios más pequeños saldrán perjudicados, “porque imponen más obligaciones indirectas. Se dan más atribuciones a la administración tributaria. Es una práctica habitual, cada día se legisla para tener más información. Los negocios perderán más tiempo, lo que no dejan de ser costes indirectos. La Inspección ya tenía suficientes facultades. Yo discrepo”, valoró Ricardo Perpiñán a este diario.

Hacienda también podrá solicitar los datos contables de los negocios a sus proveedores o clientes

En paralelo, la modificación de la Ley General Tributaria incluye otra novedad: la ampliación de la potestad de Hacienda para solicitar información sobre la contabilidad de los negocios a terceras partes implicadas. Por ejemplo, a “proveedores o clientes, notarios o registros públicos”, explicaron a este medio fuentes de la Agencia Tributaria.

Tal y como afirmaron desde Hacienda, la transposición de la directiva europea “modifica el régimen de la obligación de información de determinados mecanismos de planificación fiscal, con el fin de dispensar de la obligación de información por el deber de secreto profesional a determinados intermediarios.” Es decir, “lo que harán es ratificar los datos declarados, porque ya los tienen en sí por varias vías. En las declaraciones informativas ya sacan todos los datos”, aclaró el portavoz de Asefiget.

Con respecto a la información que Hacienda podrá solicitar para realizar las comprobaciones se encuentran, sobre todo, “datos correspondientes a las facturas y a sus importes. Por ejemplo, Si un negocio dice que ha facturado 1.000 euros, podrán requerir al cliente para que confirme que ha pagado esta cantidad”, explicó Ricardo Perpiñán.

Sin embargo, el portavoz de Asefiget explicó que la modificación de la Ley General Tributaria no incluye la potestad “de que soliciten información financiera. Esa facultad la sigue teniendo la Inspección. Por ejemplo, los movimientos bancarios a las entidades que utilicen los negocios”, afirmó.

Ante las nuevas medidas, los asesores fiscales y gestores tributarios mostraron sus dudas. Según afirman, servirán para aumentar la inseguridad jurídica. “Va a traer problemas, porque cuando la Dependencia de Gestión solicite los datos, deberá justificar muy bien por qué lo hace, ya que tienen todos los datos y pueden ratificarlos con los proveedores y clientes. No deben hacerlo de una forma caprichosa, que es como pienso que lo van a hacer, por lo que aumentará la litigiosidad”.



FUENTE: AUTÓNOMOS Y EMPRENDEDOR.ES

 

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