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Se modifica el procedimiento sancionador de la Inspección de Trabajo (Real Decreto 1011/2023, de 5 de diciembre)
El RD 1011/2023, establece, con efectos de 06/03/2024, la simplificación del procedimiento sancionador de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Con la modificando del reglamento general sobre procedimientos para la
imposición de sanciones por infracciones de orden social (Real Decreto
928/1998, de 14 de mayo) y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la
Seguridad Social (Real Decreto 138/2000, de 4 de febrero) se incorpora
un sistema alternativo de notificación para las actas de liquidación o
infracción de gran volumen, se establecen como modos habituales de acreditación
de la representación y se crea un nuevo Registro Electrónico de Apoderamientos.
Esta nueva normativa permitirá agilizar y simplificar los
procedimientos sancionadores del Organismo de la Inspección de Trabajo y
Seguridad Social (OITSS). Concretamente, las nuevas medidas permitirán que esta
administración y las comunidades autónomas se adhieran a plataformas o
aplicaciones informáticas diseñadas para este fin, que se encarguen de tramitar
el procedimiento sancionador en el orden social en un entorno tecnológico
compartido e integrado.
Se modifica también el artículo 22 del Reglamento para aclarar que el
cómputo de los términos y plazos establecidos en esta norma, así como el
régimen de notificaciones y comunicaciones, deben atenerse también a lo
establecido en las normas que se dicten en su desarrollo
Por otro lado, también se creará un Registro Electrónico de
Apoderamientos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (OITSS), que
facilita la relación con el ciudadano o el sujeto inspeccionado, al mismo
tiempo que ayuda a la gestión de las sanciones. El Real Decreto aprobado
modifica los reglamentos de Organización y Funcionamiento de la Inspección de
Trabajo y Seguridad Social aprobado en el año 2000, en materia de
administración electrónica.
Finalmente, se establecerá un convenio de colaboración entre el
Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y las comunidades
autónomas, que permitirá la transmisión recíproca de información y datos de los
procedimientos sancionadores.
Estas modificaciones entrarán en vigor a los tres meses de su
publicación, es decir, el 6 de marzo de 2024.
FUENTE: Iberley
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